⭐⭐⭐⭐⭐ Son muchas las personas que necesitan información sobre la indemnización por latigazo cervical. Una de las lesiones más frecuentes cuando se produce un accidente de tráfico. Esta lesión se produce a causa de una hiperflexión o hipertensión brusca del cuello. Este movimiento brusco afecta a nervios, tendones, músculos e incluso a los discos.
Abogados especialistas en accidentes
El latigazo cervical, también llamado esguince cervical, puede presentarse en forma de diferentes síntomas, tales como:
- dolor de cuello, hombro y brazos
- dolor de espalda
- vómitos
- contractura muscular
- dolores de cabeza
- calambres
- Además de otros problemas psicológicos a causa de depresión, irritabilidad y estrés postraumático.
No obstante, es posible que tras el accidente no se presenten estos síntomas hasta pasado un tiempo. Siendo importante en cualquier caso acudir al centro sanitario de urgencias para que se haga el correspondiente reconocimiento de lesiones. Un paso fundamental para poder recibir una indemnización por latigazo cervical.
Indemnización por latigazo cervical
Las indemnizaciones latigazo cervical requieren de una serie de etapas. Debiendo tener siempre claro que no existe una cifra exacta del importe a percibir tras haber sufrido este problema. Ya que, la compensación económica a recibir tras haber sido partícipe de un accidente varía según tres partidas importantes, que son:
- Indemnización por los días de curación del esguince cervical: Es la indemnización que corresponde al periodo que transcurre entre la fecha en la que tuvo lugar el accidente y la fecha de alta médica. Se percibirá una cantidad u otra en función de la clasificación de los días (perjuicio muy grave, perjuicio grave, perjuicio moderado y días básicos)
- Indemnización por secuelas del latigazo cervical: En función de las deficiencias físicas, sensoriales, orgánicas, intelectuales y los perjuicios estéticos a causa del accidente, se establecen unos puntos y en base a ello se determina la cuantía a percibir.
- Indemnización por perjuicio patrimonial: En esta partida se tienen en cuenta los daños emergentes de asistencia sanitaria y elementos de apoyo y el lucro cesante por la pérdida o disminución de ingresos.
En base a estas tres partidas se determina la cuantía compensatoria que debe recibir un accidentado que ha sufrido un latigazo cervical.
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